Un expediente de nacionalidad, la homologación de un título, una inscripción en el registro civil o un procedimiento judicial: tarde o temprano, un organismo español le pedirá que el documento extranjero vaya acompañado de su traducción. Y casi siempre le dirá que sea una traducción jurada. Conviene saber qué significa eso, quién puede hacerla y en qué se diferencia de una traducción certificada antes de encargar nada.

La traducción jurada en España

En España, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación es el competente para nombrar a los traductores-intérpretes jurados. Las traducciones firmadas y selladas por estos profesionales tienen carácter oficial y pueden presentarse ante juzgados y tribunales, registros civiles, oficinas de extranjería, notarías, universidades y otros órganos administrativos. Se accede al nombramiento mediante el examen del Ministerio o por reconocimiento de cualificaciones obtenidas en otro país de la UE, del Espacio Económico Europeo o en Suiza.

Una traducción jurada incluye la traducción completa del documento, la certificación del traductor-intérprete jurado de que es fiel al original, su firma y su sello. SILA Linguists® la organiza por usted con traductores-intérpretes jurados cuando el organismo la exige, en cualquier punto de España.

La traducción certificada

Una traducción certificada es una traducción completa acompañada de una declaración firmada del traductor o de la empresa de traducción en la que confirma que es fiel al original, con la fecha, el nombre y los datos de contacto de quien firma. En España no sustituye a la jurada cuando un organismo exige carácter oficial, pero es muy útil para otros usos: documentación interna de empresas, procesos de selección, aseguradoras, trámites privados o documentos que van a presentarse en países donde no existe la figura del traductor jurado, como el Reino Unido, cuyas autoridades piden una certified translation con esos mismos datos.

Cuadro comparativo

Modalidad Qué acredita Quién interviene
Traducción jurada (España) Carácter oficial ante órganos judiciales y administrativos Traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores
Traducción certificada Declaración firmada de fidelidad, con fecha y datos del traductor Traductor o empresa profesional
Traducción con intervención notarial El notario da fe de la declaración del traductor Traductor y notario
Apostilla de La Haya o legalización Autenticidad de una firma, sello o timbre de un documento público para su uso en otro país La autoridad competente del país que expide el documento

Ni el notario ni la apostilla valoran la calidad de la traducción: el notario da fe de la declaración de quien firma, y la apostilla acredita una firma o un sello. Por eso, a menudo el documento original extranjero necesita apostilla o legalización en su país de origen y, después, una traducción jurada en España.

Tres preguntas antes de encargar la traducción

  1. ¿Exige el organismo traducción jurada o basta una traducción certificada?
  2. ¿Necesita el original apostilla o legalización, y debe traducirse también la apostilla?
  3. ¿Hay que traducirlo todo, incluidos sellos, anotaciones manuscritas y reversos, y se acepta una traducción jurada en formato electrónico firmada digitalmente?

Los rechazos suelen deberse a detalles: un sello sin traducir, una apostilla que falta o un nombre escrito de forma distinta que en el pasaporte o en el NIE.

Traducción jurada, certificada y otros servicios lingüísticos de SILA Linguists®

SILA Linguists® organiza traducciones juradas con traductores-intérpretes jurados para organismos españoles y realiza traducciones certificadas, con declaración firmada de fidelidad, para otros usos y para documentos que se van a presentar en el extranjero. Las traducciones juradas, certificadas, jurídicas y médicas las hacen siempre traductores humanos, y profesionales nativos revisan cada traducción antes de la entrega. Cuando un organismo exige intervención notarial, la organizamos con nuestro notario colaborador: nosotros traducimos y certificamos, y el notario legitima.

Si tiene dudas, díganos qué organismo recibirá la traducción y en qué trámite, y le ayudaremos a comprobar qué se exige, incluida la apostilla o la legalización del original.

Quien tramita una solicitud de residencia, una homologación o un procedimiento judicial suele necesitar algo más que papeles traducidos. Ofrecemos intérpretes presenciales para citas con abogados, notarías y administraciones en toda España, interpretación telefónica a cualquier hora del día y de la noche, e interpretación por vídeo mediante la aplicación de SILA Linguists® o su propia plataforma. Nuestro servicio de transcripción convierte entrevistas y grabaciones en textos con marcas de tiempo, traducidos si hace falta. Nuestros intérpretes y traductores verificados, formados y cualificados trabajan en más de 350 idiomas, también en los sectores de extranjería y asilo y jurídico, en toda España y, como agencia internacional, en otros países. Más información en nuestra página de traducción. Escríbanos a bookings@silalinguists.co.uk o llame al +44 (0)333 339 8218.